VALORACIÓN AMIANTO
En el artículo 4.2 de la Orden de 7 de diciembre de 2001, que modifica el
Anexo 1 del Real decreto 1406/1989, de 10 de noviembre, que impone limitaciones
a la comercialización y al uso de ciertas substancias y preparados peligrosos,
se indica que los productos, que contienen fibras de amianto, y que ya estaban
instalados o en servicio antes de la entrada en vigor de dicha Orden, se sigue
permitiendo su uso hasta su eliminación o el fin de su vida útil.
El amianto es peligroso cuando se dispersa en el aire en forma de fibras
diminutas invisibles a simple vista, y que además sean respirables, lo que
significa que pueden penetrar en los alvéolos pulmonares. Se consideran fibras
respirables aquellas que son más largas que cinco micras de longitud y menor de tres micras de grosor.
Los principales efectos sobre la salud derivados sobre la exposición al
amianto son:
• Asbestosis, enfermedad profesional producida por una cicatrización del
tejido pulmonar que ocasiona graves dificultades respiratorias y puede llegar a
provocar la muerte. Al haber una obstrucción de los alvéolos y bronquiolos el
corazón tiene que trabajar más para enviar la sangre con oxígeno a todas las
células. Puede degenerar en cáncer de pulmón.
• Cáncer de pulmón, que es mortal en un 95% de los casos.
• Mesotelioma, un cáncer de la pleura (los sacos dobles de membrana
lubricada y lisa que contienen los pulmones) o del peritoneo (la membrana doble y lisa que recubre el interior de la
cavidad abdominal).
Los cánceres de pulmón producidos por la respiración de fibras de amianto
tienen un largo período de latencia (30 o 40 años) lo que dificulta en gran
medida su diagnóstico.
Existen estudios que relacionan la exposición al amianto con el cáncer de
laringe o del aparato gastrointestinal.
Cabe destacar que el humo del tabaco actúa sinérgicamente con las fibras de
amianto, con lo que la población laboral con hábitos fumadores expuesta a este
contaminante, presenta mayor riesgo frente a la no fumadora.
De acuerdo con el RD 363/1995 relativo a notificación de sustancias nuevas
y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, el amianto
está incluido en la lista armonizada contenida en el anexo I y clasificado como
tóxico y cancerígeno de categoría 1.
¿Es posible que la presencia del material con amianto dé lugar al
desprendimiento y a la difusión de polvo del mismo en el ambiente?
Para responder esta pregunta es
necesario considerar los siguientes factores:
a) Ubicación: Localización, proximidad, extensión de la zona.
b) Friabilidad: Se entiende por friabilidad la facilidad de emisión de polvo
en el ambiente. Las placas están
formadas de materiales con amianto. Se trata de placas onduladas y se estima
que presenta entre el 10 y el 30% en peso de amianto. El amianto presente se denomina crisotilo o
amianto blanco cuya forma de presentación es fibrocemento.
Al encontrarnos con una forma de amianto mezclada con cemento hace que este
material sea, no friable, por lo que la posible liberación de fibras de amianto
al ambiente se puede producir por el envejecimiento de la placa, por los
agentes atmosféricos, o por la acción mecánica sobre las mismas,
principalmente.
c) Estado físico del material
Referido a la presencia de grietas, humedades, desconchados, desgastes, etc
d) Condiciones en la zona afectada
Por la presencia de materiales con amianto, referidas a aquellos factores
que puedan incidir en la posibilidad de emisión de fibras de amianto en el ambiente, tales como degradación de los
materiales (revestimientos exteriores, techos, calorifugados, aislamientos,
etc.), la posibilidad de recibir golpes, vibraciones, corrientes de aire,
manipulaciones en operaciones de mantenimiento u otros, filtraciones y
condensaciones de agua, etc.
e) Accesibilidad a la zona. Usos de la
zona.